BOCyL:16 de junio de 2010
Objeto:
Mejorar las estructuras de producción de las explotaciones agrarias basado en la planificación integral de la explotación agraria gestionada por el agricultor profesional con cualificación suficiente; en el fomento de fórmulas asociativas para la integración de empresas escasamente competitivas en el plano individual; en la compatibilidad de las producciones agrarias con las exigencias de protección del medio ambiente, de conservación del medio natural y de higiene y bienestar de los animales; así como en la instalación de jóvenes empresarios en el sector incentivando nuevas vocaciones. Todas estas circunstancias propiciarán, en definitiva, la ordenación de la economía regional, con influencia directa en la política de empleo generado o inducido, como consecuencia de las nuevas inversiones.
1.- Las Líneas de ayudas incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2007-2013, son las siguientes:
a) Modernización de explotaciones agrícolas. Medida 121
Línea B. Inversiones en explotaciones agrarias mediante planes de mejora.
Línea Q. Inversiones para el uso más eficiente del agua de riego.
b) Instalación de agricultores jóvenes. Medida 112.
Línea A. Primera instalación de agricultores jóvenes.
2.- Líneas de ayudas al amparo del artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006.
Línea P. Inversiones para prestación de servicios a terceros.
Línea I. Inversiones colectivas.
Beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes, que cumplan los requisitos.
Requisitos: http://www.jcyl.es/web/jcyl/up/ds/BAA/pdf;charset=UTF-8/767/671/REQUISITOS,3.pdf/_?asm=jcyl
Solicitud:
Quienes pretendan acceder a las ayudas reguladas en la presente Orden deberán presentar una solicitud, según el modelo oficial previsto en el Anexo I.
Plazo de presentación:
Se establece un plazo de presentación de solicitudes desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria hasta el 31 de agosto.
En el caso de las medidas incluidas en el punto 1 del apartado tercero, una vez superado el plazo aún podrán presentarse nuevas solicitudes de ayuda que no generarán expectativa legítima alguna de concesión de subvención, y se tramitarán al amparo de la próxima convocatoria de ayudas debiendo cumplir los requisitos que en la misma se establezcan.
Fin plazo de presentación: 31 de agosto de 2010
Lugar de presentación:
Presencial: Registro de los Servicios Territoriales de Agricultura y Ganadería de la provincia.
Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (LRJAP).
Electrónico:
Por Internet desde ésta misma página Ver requisitos técnicos.
Se EXCLUYE presentación por FAX.
Órgano gestor: Servicios Territoriales de Agricultura y Ganadería
Órgano que resuelve: Director General de Industrialización y Modernización Agraria
Plazo de resolución: El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para resolver. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.
Notificación: Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos:
Reposición
Contencioso-administrativo