AGENCIA DE EMPLEO Y DESARROLLO DE LA MANCOMUNIDAD ODRA PISUERGA

Responsable: Cristina Grande Pereiro

Sede: Plaza España nº1 Melgar de Fernamental

Teléfono: 947 372121


lunes, 4 de enero de 2010

FOMENTO DE LA CONTRATACION INDEFINIDA

Fecha límite de presentación: 31/12/2010
Organismo Convocante: Servicio Público de Empleo de Castilla y León Boletín y fecha de publicación: BOC-L. nº 246, de 24 de diciembre de 2009
Objeto: Subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo que tienen por objeto el fomento de la contratación indefinida de trabajadores desempleados incluidos en alguno de los colectivos destinatarios.
Beneficiarios: Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, que contraten indefinidamente a trabajadores incluidos en los siguientes colectivos:
A. Desempleados:
- Mujeres
- Varones menores de 25 años.
- Varones de 25 o más años, incluidos en alguno de los siguientes grupos:
  • Emigrantes castellanos y leoneses.
  • Extoxicómanos, rehabilitados, expresidiarios, minorías étnicas.
  • Inmigrantes, de países no pertenecientes a la UE.
  • Perceptores IMI.
  • Minusválidos (= o > al 33% ).
  • Objeto de ERE o despido Art. 51,52c ET.
  • Técnicos de prevención de riesgos o personal sanitario.
  • Aquellos que tengan reconocida una incapacidad permanente derivada de ATEP o causahabiente hasta el 2º grado de victima por ATEP.
  • Aquellos con los que se formalice un contrato de relevo indefinido.
  • Aquellos con los que se formalice un contrato en sustitución de jubilado.

B. Periodo de desempleo de al menos 3 meses:

- Varones de 25 a más años.

Cuantía

a) 5.500 € si se contrata a un trabajador > o = a 45 años y ha sido objeto de un ERE o despido del Art.51, 52c) del Estatuto de los Trabajadores.

b) Cuantía base de 4.000 €, con los siguientes incrementos* dependiendo del colectivo:

  • 2.000 € si es Técnico de prevención de riesgos o personal sanitario.
  • 1.000 € si es menor de 30 años.
  • 500 € si:

- Es mujer.

- Si es un trabajador <>

  • 300 € si:

- Es victima de violencia de género.

- Si tiene reconocida una incapacidad permanente derivada de ATEP o causahabiente hasta el 2º grado de victima por ATEP. * Cada incremento es acumulable si se reúne más de un requisito.

c) 500 € Si el centro de trabajo está en un territorio declarado menos desarrollados o en un municipio incluido áreas periféricas.

Información Adicional

- El índice de temporalidad de los beneficiarios debe ser inferior al 22% o, si no, comprometerse a alcanzarlo en un plazo no superior a tres años.

- No pueden ser beneficiarias las Administraciones Públicas, a excepción de las Entidades Locales, ni las empresas públicas o participadas.

- Son subvencionables los contratos indefinidos que se hayan formalizado desde el 1 de enero de 2010.